Estudios Graduados

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Educación con Especialidad en Educación Bilingüe (Online)

Educación Bilingüe

Programa único en Puerto Rico

Educación Bilingüe

¡Descubre la Maestría en Educación con especialidad en Educación Bilingüe en la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto de Aguadilla, una experiencia educativa única en Puerto Rico! Si estás interesado en convertirte en un profesional preparado para enseñar dos idiomas adicionales al inglés y español, ¡este programa es para ti!

Nuestro programa de Maestría en Educación con especialidad en Educación Bilingüe tiene como objetivo principal formar profesionales con sólidos conocimientos teóricos y prácticos en el campo de la educación bilingüe. Al unirte a esta experiencia educativa, te destacarás por tu profundo entendimiento de los aspectos socioculturales, las teorías lingüísticas, psicolingüísticas y sociolingüísticas de la educación bilingüe, así como por tu dominio de metodologías de enseñanza efectivas.

Lo mejor de todo es que nuestro programa se adapta a tus necesidades y circunstancias. Te ofrecemos la flexibilidad de elegir entre la modalidad en línea (online) y la presencial, para que puedas ajustar tus estudios de acuerdo a tu estilo de vida. Ya sea que prefieras aprender desde la comodidad de tu hogar o disfrutar del ambiente académico en nuestro campus, tenemos una opción para ti.

Además, nos enorgullece informarte que nuestra Maestría en Educación con especialidad en Educación Bilingüe Online está acreditada por la Middle States Association y autorizada por la Commission for Independent Education of Florida – Florida Department of Education. Esto asegura la calidad académica de nuestro programa y te brinda la confianza de recibir una educación de excelencia.

No pierdas la oportunidad de formar parte de este programa único en Puerto Rico. Llena nuestro formulario para solicitar más información y descubre cómo la Maestría en Educación con especialidad en Educación Bilingüe puede impulsar tu carrera como educador. ¡Te estamos esperando para acompañarte en tu viaje hacia el éxito profesional!

Ayudas Económicas
Facultad comprometida

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    Autorizo a la Universidad Interamericana de Puerto Rico Recinto de Aguadilla a contactarme por correo electrónico, mensajes de texto o por llamadas en relación a los programas y ofertas académicas. Es posible que se apliquen tarifas por mensajes de textos y datos.

    Requisitos de Admisión

    Las personas que soliciten admisión al Programa de Maestría en Educación con especialidad en Educación Bilingüe deben cumplir con los requisitos de admisión establecidos en la sección de Requisitos de Admisión a Programas de Maestría vigentes al momento de su admisión. Además, deben satisfacer las siguientes condiciones:

    • Poseer como mínimo un Bachillerato en Educación de una universidad acreditada.
    • Someter la solicitud de admisión para programas de maestría junto con los documentos requeridos por ésta.
    • Las personas que hayan completado un bachillerato en otro campo con un índice académico mínimo de 3.00 en su concentración serán consideradas para admisión al programa luego de aprobar los cursos que se indican a continuación en el nivel de bachillerato (o sus equivalentes) con una calificación mínima de B:
      • EDUC 2032 Psicología del Aprendizaje
      • EDUC 4050 Diseño de Currículo
      • EDUC 4011 Evaluación y Assessment
      • EDUC 3013 Estrategias en la Enseñanza
    • Demostrar dominio de las competencias en inglés y español, mediante la aprobación de un examen a ser administrado por la Institución, según aplique.
    • Haber tomado una de las siguientes pruebas: Graduate Record Examination (GRE) o Examen de Admisión a Estudios de Postgrado (EXADEP).

    Requisitos de Graduación

    Para obtener la Maestría en Educación en Educación Bilingüe se requiere haber aprobado los 36 créditos con un índice académico mínimo de 3.00 puntos.

    REQUISITOS DE LA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN EN EDUCACIÓN BILINGÜE

    Requisitos Medulares 12 créditos
    Requisitos de Especialidad 24 créditos
    Total 36 créditos
    Requisitos Medulares – 12 créditos
    BLED 5020 Aspectos Socioculturales en la Enseñanza Bilingüe

    3

    EDUC 6046 Desarrollo de Currículo

    3

    ENGL 6130 Fundamentos de Educación Bilingüe

    3

    ENGL 6530 Investigación en TESOL

    3

    Requisitos de Especialidad – 24 créditos
    BLED 5040 Materiales y Tecnología en el Salón de Clase Bilingüe

    3

    BLED 5050 Educación Bilingüe para Estudiantes Diversos y Excepcionales

    3

    BLED 6020 Métodos de Enseñanza Bilingüe K-12

    3

    BLED 6040 Temas Contemporáneos en la Educación Bilingüe

    3

    BLED 6510 Assessment en un Escenario Educativo Bilingüe

    3

    ENGL 6100 Teorías y Principios de TESOL

    3

    ENGL 6904 Lingüística Aplicada A la Enseñanza del Inglés como Segundo Idioma

    3

    EDUC 697A Seminario Integrador

    3

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    Artes en Educación con especialidad en Gerencia y Liderazgo Educativos

    La especialidad en Gerencia y Liderazgo Educativos está orientada a la formación de profesionales de excelencia en el campo de la administración de programas educativos. Esta especialidad contribuye a desarrollar gerentes educativos y líderes que demuestren dominio en la solución de problemas inherentes al ambiente profesional contemporáneo en los diferentes niveles de enseñanza.  Esta especialidad está orientada hacia el estudio de fundamentos teóricos, la utilización y promoción de la investigación científica, la integración de la tecnología a la práctica, la aplicación de los más altos principios éticos de la profesión y la participación en experiencias prácticas en escenarios educativos.

    REQUISITOS DE ADMISIÓN

    • Bachillerato en Educación o Bachillerato y Certificación de Maestro o
    • Bachillerato con tres (3) créditos en Metodología de Enseñanza y otros seis (6) créditos en Educación.
    • Tres (3) créditos en estadísticas en el nivel de bachillerato.
    • Someter la solicitud de admisión para programas de maestría junto con los documentos requeridos por ésta.
    • Tener un índice académico mínimo de 2.50 en los últimos 60 créditos de trabajo académico.
    • Haber aprobado el Examen EXADEP.
    • Demostrar habilidad de interpretar material profesional en español y en inglés y expresarse con propiedad en forma escrita en uno de los dos idiomas.

    REQUISITOS PARA EL GRADO

    Requisitos de Fundamentos                              9  créditos
    Requisitos de Especialidad                              27  créditos
                                                                                   36

    Requisitos de Fundamentos

    (9 créditos)

      Crs.
    EDUC 6931 Proyecto de Investigación o Aplicación en el Área de Especialidad I  3
    EDUC 6004 Sistemas de Información en la Gerencia Educativa  3
    EDUC 6058 Fundamentos Jurídicos de la Educación  3

    Requisitos de Especialidad

    (27 créditos)

    EDUC 6000 Gerencia de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Escenarios Educativos 3
    EDUC 6001 Gerencia Fiscal 3
    EDUC 6013 Conducta Organizacional en Instituciones Educativas  3
    EDUC 6046 Desarrollo de Currículo  3
    EDUC 6057 Modelos y Estrategias de Enseñanza  3
    EDUC 6079 Liderazgo Docente 3
    EDUC 6380 Administración de Programas de Educación Especial 3
    EDUC 6915 Práctica en Gerencia y Liderazgo Educativos 3
    Requisito para completar el grado:  
    EDUC 697D Seminario Integrador

    Para tomar EDUC 697D el estudiante debe haber aprobado todos los cursos requeridos por el programa.

    3

     

     

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    Ciencias en Consejería Psicológica con especialidad en Familia

    La Maestría en Ciencias en Consejería Psicológica con especialidad en Familia capacita a los egresados a realizar intervenciones sabre problemas psicosociales que afectan a los individuos y las familias contemporáneas. El programa fomenta el desarrollo de los conocimientos, destrezas, actitudes y valores éticos que hacen posible la formación de un psicólogo con mente crítica y flexible; con la capacidad de identificar y buscar soluciones a situaciones que surgen en el contexto individual y familiar.

    El programa proporciona a los egresados el conocimiento y las experiencias necesarias para poder cumplir con los requisitos establecidos para el ejercicio de la profesión por la Ley 96: «Ley para Reglamentar el Ejercicio de la Profesión de la Psicología en Puerto Rico», según enmendada, y por la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico.

    Al completar el grado, los egresados estarán capacitados para evidenciar el conocimiento, las destrezas, las actitudes y los valores éticos inherentes al campo de la Consejería Psicológica con especialidad en Familia.

    REQUISITOS DE ADMISIÓN

    • Poseer un Bachillerato de una universidad.
    • Someter la solicitud de admisión para programas de maestría junto con los documentos requeridos por la Institución.
    • Tener un índice académico mínimo de 3.00 en los ultimas 60 créditos de trabajo académico. Aunque por lo general estos créditos serán en el nivel de bachillerato, en el caso de un estudiante que posea otra maestría conferida por una universidad acreditada, puede combinar los créditos en el nivel de maestría con los últimos créditos aprobados en el nivel de bachillerato hasta completar los 60 créditos
    • Demostrar habilidad de interpretar material profesional en español y en inglés a través del análisis critico de un caso designado por el Comité de Admisión al Programa de Consejería Psicológica con especialidad en Familia.
    • Redactar en español o inglés, el análisis crítico de caso designado por el Comité de Admisión al Programa de Consejería Psicológica con especialidad en
    • Presentar la Certificación de Antecedentes Penales y de la Ley de Verificación de Historial Delictivo de Proveedores de Servicios de Cuidado a Niños y Envejecientes de Puerto Rico (Ley 300) con sus respectivas validaciones a seis meses y cualquier otro documento que se considere necesario al momento de la evaluación del candidato.
    • Mostrar evidencia de haber aprobado con una calificación mínima de B los siguientes cursos en el nivel de bachillerato:
      • Estadística Básica                                3 créditos
      • Principios de Medición Psicológica    3 créditos
      • Psicopatología                                     3 créditos
      • Dos cursos adicionales en psicología  6 créditos

    REQUISITOS PARA EL GRADO

    Requisitos Medulares             32 créditos

    Requisitos de Especialidad     27 créditos

    59 créditos

    Requisitos Medulares  
    (32 créditos)
    Fundamentos Psicológicos – (18 créditos)
      Crs.
    PSYC 5030 Ética y Aspectos Legales de la Psicología 3
    PSYC 5040 Bases Biológicas de la Conducta 3
    PSYC 5050 Desarrollo a través del Ciclo de Vida 3
    PSYC 5060 Psicología de la Personalidad 3
    PSYC 5100 Bases Cognitivas y Afectivas de la Conducta 3
    PSYC 5200 Bases Sociales y Multiculturales de la Conducta 3
    Metodología y Estadísticas – (14 créditos)
    PSYC 5150 Estadísticas Aplicadas a la Psicología 2
    PSYC 6421 Práctica en Estadísticas Avanzadas 1
    PSYC 5220 Métodos de Investigación 2
    PSYC 6422 Práctica en Investigación en la Psicología 1
    PSYC 5231 Medición Psicológica I 3
    PSYC 5232 Medición Psicológica II 3
    PSYC 6925 Práctica en Investigación Psicológica 2
    Requisitos de Especialidad  
    (27 créditos)
    PSYC 5033 Procesos y Técnicas de Entrevista 2
    PSYC 6410 Práctica en Procesos y Técnicas de Entrevista 1
    PSYC 6000 Fundamentos Teóricos de Terapia de Familia 3
    PSYC 6005 Psicopatología de la Familia 3
    PSYC 6010 Técnicas de Consejería y Psicoterapia Individual, Grupal y Familiar 3
    PSYC 6015 La Familia No Tradicional 3
    PSYC 6020 Intervención con las Familias en Crisis 3
    PSYC 691A Práctica Supervisada en Consejería Psicológica I 2
    PSYC 691B Práctica Supervisada en Consejería Psicológica II 2
    PSYC 691C Práctica Supervisada en Consejería Psicológica III 2
    PSYC 697F Seminario Integrador Avanzado 3

    Todos los cursos del Programa deben aprobarse con una calificación mínima de B.

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    Ciencias en Biología con especialidad en Biotecnología Molecular

    La Maestría en Ciencias en Biología ofrece dos especialidades: Biotecnología Molecular y Ciencias Ambientales y Ecológicas.  El énfasis del Programa es presentar un currículo de naturaleza interdisciplinaria enfocado en el razonamiento científico para que los estudiantes puedan desempeñarse en el campo de la biología con aplicación a los aspectos moleculares de la biotecnología, a la ecología o a las ciencias ambientales.

    El egresado de este programa podrá emitir juicios técnicos y científicos relacionados con su área de especialización y con aspectos generales de la biología. Obtendrá experiencia en el uso y aplicación de tecnologías disponibles para entender y contestar preguntas de índole científica. El programa fortalecerá los aspectos éticos dentro de la investigación y propiciará el desarrollo de un conocimiento integral de las ciencias biológicas sobre el que se fundamente la especialidad que el estudiante seleccione.

    REQUISITOS DE ADMISIÓN

    Además de los requisitos de admisión establecidos en el Catálogo Graduado, el estudiante habrá de:

    • Poseer un Bachillerato en Ciencias Naturales o áreas relacionadas.
    • Haber aprobado, a nivel de bachillerato un mínimo de tres (3) créditos en cada uno de los siguientes cursos o equivalentes:
      • Biología Celular-Molecular
      • Estadística
      • Cálculo
    • Entregar dos (2) cartas de recomendación, preferiblemente de profesores del área de Ciencias Naturales.
    • Presentar evidencia de los resultados de las pruebas del Graduate Record Examination (GRE) o del Examen de Admisión a Estudios de Posgrado (EXADEP).

    REQUISITOS DE LA MAESTRÍA EN CIENCIAS EN BIOLOGÍA

    Requisitos Medulares 11 créditos
    Requisitos de Especialidad 12 créditos
    Requisitos Distributivos Prescritos 12 créditos
      35 créditos

    REQUISITOS MEDULARES – 11 CRÉDITOS

       Crs.
    BIOL 5001 Biología Integrada I 3
    BIOL 5002 Biología Integrada II (Requisito:  BIOL 5001) 3
    BIOL 6971 Seminario I 1
    BIOL 6972 Seminario II (Requisito:  BIOL 6971) 1
    EVSC 5020 Bioestadística 3

    REQUISITOS DE ESPECIALIDAD EN BIOTECNOLOGÍA MOLECULAR – 12 CRÉDITOS

    Cursos Requeridos:

    BIOL 6005 Biotecnología y Bioinformática 3
    BIOL 6006 Laboratorio de Técnicas Biomoleculares 3

    Seleccionar dos (2) cursos entre los siguientes:

    BIOL 6003 Inmunología Molecular 3
    BIOL 6004 Genética Molecular 3
    BIOL 6007 Biotecnología de Plantas 3
    BIOL 6008 Virología Avanzada 3
    BIOL 6009 Biorremediación (Requisito:  BIOL 5002) 3
    BIOL 6010 Protozoología 3
    BIOL 6013 Microbiología Ambiental 3
    BIOL 6014 Diagnóstico Bacteriano 3
    BIOL 6016 Procesos Evolutivos 3
    BIOL 6109 Biología del Desarrollo (Requisito:  BIOL 5002) 3
    BIOL 697 Temas Especiales en Biología (Requisito:  BIOL 5002) 3
    BIOL 6990 Escritura Científica (Requisito:  BIOL 6006) 3

    REQUISITOS DISTRIBUTIVOS PRESCRITOS – 12 CRÉDITOS

    Los estudiantes tendrán dos (2) opciones para completar los 12 créditos de Cursos Distributivos Prescritos.

    • Opción A: con Proyecto de Investigación (Tesis)
      • El estudiante deberá aprobar 12 créditos en los cursos BIOL 6991, 6992 y 6993.
    • Opción B: sin Proyecto de Investigación (Tesis)
      • El estudiante aprobará el curso BIOL 6990 Escritura Científica y 9 créditos adicionales de este programa; seis (6) de estos créditos serán en cursos de su propia especialidad.

    Error: Formulario de contacto no encontrado.

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    Requisitos de Admisión

    Admisión a Programas de Maestría y Doctorado

    Admisión de Estudiantes Especiales

    Se admiten estudiantes de otras instituciones de enseñanza superior que tengan autorización para tomar cursos en la Universidad Interamericana para satisfacer requisitos de su institución de procedencia. Estos estudiantes deberán presentar una certificación de que están matriculados en esa institución.

    También se admitirán las personas que estén interesadas en tomar cursos para su mejoramiento personal o profesional. Estas deberán someter evidencia de su preparación académica (requisito mínimo de bachillerato) que les capacite para tomar dichos cursos.

    Los estudiantes especiales podrán tomar un máximo de 12 créditos.

    Todo estudiante especial que posteriormente decida continuar sus estudios con miras a obtener un grado deberá tener un índice académico mínimo de 3.00 al completar 12 créditos de estudio en el nivel graduado y cumplir con los procedimientos de admisión.

    Admisión de Estudiantes Oyentes

    Los estudiantes que deseen matricularse en cursos en calidad de oyentes, deberán hacerlo durante el período oficial de matrícula del término académico o durante el período designado oficialmente para cambios de programa. Los interesados deberán pagar los cargos correspondientes. Los estudiantes que no han radicado una solicitud de admisión deberán hacerlo antes de matricularse como oyentes.

    Admisión de Estudiantes Extranjeros

    Los estudiantes extranjeros interesados en ingresar en la Universidad deberán dirigir sus preguntas directamente a la unidad a la cual desean ser admitidos. Generalmente no se les admite sin que se les entreviste personalmente. El personal universitario viajará a entrevistar solicitantes de países vecinos cuando el número de solicitantes justifique el gasto. Cuando no exista tal justificación, se requerirá que los interesados vengan a Puerto Rico por su cuenta con una visa de turismo y sufraguen los gastos de la entrevista. De ser necesaria una entrevista para los estudiantes a distancia que cursan estudios fuera de Puerto Rico, esta podrá realizarse a través de los medios disponibles a los estudiantes. La entrevista será supervisada por un «proctor» localizado en el lugar donde se encuentre el estudiante, según lo determine la Universidad.

    Si los solicitantes son admitidos, la Oficina de Admisiones completará el formulario I-20 del Servicio de Inmigración y de Naturalización para que puedan obtener visas de estudiante. No se complementará este formulario por los estudiantes admitidos para estudiar mediante alguna modalidad de aprendizaje a distancia, desde fuera de Puerto Rico.

    Requisitos de Admisión a Programas de Maestría

    Para ser admitido, el estudiante habrá de:

    1. Poseer un bachillerato de una universidad acreditada.
    2. Tener un índice académico mínimo de 2.50 en los últimos 60 créditos de trabajo académico en el nivel subgraduado, graduado o en una combinación de ambos, a discreción del estudiante. Aunque por lo general estos créditos serán en el nivel de bachillerato, en el caso de un estudiante que posee créditos de postgrado de una universidad acreditada, puede combinar estos créditos de postgrado con los últimos créditos aprobados en el nivel de bachillerato hasta completar los 60 créditos estipulados. Los estudiantes que solicitan a programas graduados y que no cumplen con el índice académico requerido podrán contársele los cursos repetidos luego de graduación para efectos del índice de ingreso en lugar de las calificaciones originales.
    3. Demostrar por medio de un examen o de alguna otra forma que el Departamento o la División Académica estime apropiada las habilidades de interpretar material profesional, tanto en español como en inglés, y de expresarse con propiedad en forma escrita en uno de los dos idiomas.
    4. Solicitar una evaluación de su transcripción de créditos a las agencias especializadas o a la unidad que solicita si tiene un grado equivalente a bachillerato de instituciones universitarias acreditadas que utilizan un sistema de calificaciones diferente al vigente en esta Universidad.
    5. Cumplir con cualquier prueba de medición establecida por el programa al que solicita.
    6. Cumplir con los criterios de admisión establecidos para el departamento o programa al cual se solicita, previamente aprobados por el Vicepresidente de Asuntos Académicos, Estudiantiles y Planificación Sistémica.

    Admisión Provisional a Programas de Maestría

    Todo estudiante que no haya satisfecho los requisitos de cursos de bachillerato para ingresar a un programa de maestría podrá ser admitido en forma provisional. El estudiante deberá cumplir con estos requisitos, con una calificación mínima de C o según determine el programa al que ha sido admitido, antes o durante el término en que apruebe sus primeros 12 créditos de maestría. Si el estudiante no completa la totalidad de los cursos requisitos de bachillerato al finalizar sus primeros 12 créditos de maestría, debe ser evaluado por el Director de Departamento para determinar si puede recibir una extensión de un término académico para continuar con sus estudios graduados.

    Además, tendrá hasta el inicio del próximo término de matrícula para cumplir con otros documentos requeridos en su admisión provisional.

    En caso de que un estudiante tenga dificultad en obtener la certificación de graduación u otros documentos oficiales requeridos por la Institución, podrá ser considerado para una admisión provisional, si cumple con los requisitos de admisión y puede someter copia de los documentos requeridos o versiones accedidas electrónicamente. El estudiante podrá ser admitido otorgándosele un término de hasta 30 días para someter la documentación correspondiente. El ejecutivo principal de la unidad podrá extender ese período por justa causa. Del estudiante no cumplir con lo requerido al concluir la extensión, se le dará de baja.

    Admisión de Estudiantes Transferidos a Programas de Maestría

    Los candidatos para admisión como estudiantes transferidos a programas de maestría serán tomados en consideración si satisfacen las condiciones expuestas en la sección «Requisitos de Admisión». Los candidatos deberán gestionar con su universidad de procedencia el envío de su transcripción de créditos oficial directamente con el funcionario u oficina indicada en la sección de «Procedimientos de Admisión a Programas de Maestría y Doctorado» para que se determine el crédito que se pueda otorgar por los estudios de maestría ya realizados.

    A los estudiantes que hayan comenzado estudios para un grado de maestría en otra universidad acreditada se les podrán convalidar hasta un 33% de los créditos de los requisitos del programa al que solicita transferencia. Se podrán considerar para convalidar cursos aprobados con calificaciones de A o B, si los cursos son equivalentes a cursos ofrecidos por el programa de maestría correspondiente de la Universidad Interamericana.

    Ningún trabajo con crédito académico realizado en un tiempo mayor de 10 años se tomará en consideración para efectos de convalidación. A estos cursos se les aplicará la norma de caducidad de cursos.

    Admisión Provisional de Estudiantes Transferidos a Programas de Maestría

    Todo estudiante que no haya satisfecho los requisitos de cursos de bachillerato o de maestría para ingresar a un programa de maestría, podrá ser admitido en forma provisional. El estudiante deberá cumplir con estos requisitos, con una calificación mínima de B, antes o durante el término en que apruebe sus primeros 12 créditos de maestría.

    Cuando un estudiante no pueda obtener alguno de los documentos oficiales requeridos por la Universidad para completar el proceso de admisión por transferencia, será admitido provisionalmente, si provee copia de estos documentos.

    El estudiante admitido provisionalmente tendrá treinta (30) días calendario a partir de la admisión para presentar los documentos requeridos. El Ejecutivo Principal de la Unidad podrá extender ese periodo por justa causa. Del estudiante no cumplir con lo requerido al concluir la extensión, se le dará de baja.

    Admisión de Estudiantes Subgraduados a Programas de Maestría

    Los estudiantes de la Universidad Interamericana cuyo índice académico sea de 3.00 o superior y que solamente necesiten aprobar un mínimo de 30 créditos para fines de graduación, podrán solicitar autorización para matricularse en cursos en el nivel de maestría a través del director del departamento correspondiente. Los estudiantes que obtengan dicha autorización deberán declarar, al momento de matrícula, si los créditos en el nivel de maestría se aplicarán para fines de maestría o de bachillerato. En estos casos se aplicará el costo de derechos de matrícula para estudios de maestría. Los estudiantes que obtengan calificaciones de A o B en cursos que se puedan acreditar para fines de la maestría, podrán solicitar acreditación de esos cursos al momento de solicitar admisión a dicho programa.

    Readmisión a Programas de Maestría

    Los estudiantes que se hayan matriculado con anterioridad en el programa de maestría en la Universidad Interamericana, pero que no hayan completado sus requisitos de cursos y que no hayan asistido a clases durante un período de 13 meses deberán solicitar readmisión a través de la Oficina de Registraduría de la unidad de la Universidad Interamericana a la cual interesan ser readmitidos. Toda solicitud de readmisión deberá recibirse por lo menos tres semanas antes del primer día de matrícula del término en el cual el estudiante desea estudiar. Los interesados deberán someter una transcripción oficial de cualesquiera otros estudios que hayan realizado mientras no se encontraban matriculados en la Universidad Interamericana. Antes de ser readmitidos, los estudiantes tienen que pasar por un proceso de evaluación y orientación académica efectuado por el programa correspondiente.

    Los estudiantes readmitidos se regirán por el Catálogo Graduado y demás normas y reglamentos vigentes al momento de su readmisión.

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    Progreso Académico Satisfactorio

    Requisitos de progreso académico satisfactorio para certificados profesionales, maestrías y doctorados

    La Universidad Interamericana de Puerto Rico requiere que todo estudiante del nivel graduado demuestre progreso académico satisfactorio mientras cursa su programa de estudios. La elegibilidad para recibir ayudas económicas federales, estatales e institucionales, dependerá de dicho progreso académico.

    Requisitos para alcanzar progreso académico satisfactorio

    Los requisitos para alcanzar progreso académico satisfactorio se dividen en dos componentes: cualitativo y cuantitativo.

    1. Componente cualitativo

    El índice académico general que deberá alcanzar un estudiante que curse un Certificado Profesional Post-Bachillerato o un grado de maestría es:

    a. un mínimo de 2.50 en los créditos aprobados en el primer año de estudio, y

    b. 3.00 en los créditos aprobados en los años restantes hasta finalizar el programa de estudio.

    El estudiante que curse Certificado Profesional Post-Maestría o un programa en el nivel doctoral deberá alcanzar un índice académico de 3.00 o más en los créditos aprobados mientras cursa su programa de estudios.

    2. Componente cuantitativo

    Requisitos de ritmo de aprobación: relación entre créditos aprobados y créditos intentados

    El estudiante que curse un Certificado Profesional Post-Bachillerato o un programa en el nivel de maestría, deberá aprobar el 50 % de los créditos intentados en el primer año de estudios y el 66.67 % en los años restantes.

    El estudiante que curse Certificado Profesional Post-Maestría o un programa en el nivel doctoral, deberá aprobar el 66.67 % de los créditos intentados en el programa de estudios a partir del primer año de estudios.

    Requisitos de período máximo de elegibilidad

    El estudiante que curse un Certificado Profesional Post-Bachillerato tendrá un máximo de dos años naturales para completar el mismo, mientras que para el nivel de maestría tendrá un máximo de siete años naturales para completar los requisitos del grado a partir de la fecha en que comienza a tomar su primer curso graduado.

    El estudiante que curse Certificado Profesional Post-Maestría tendrá un máximo de dos años naturales para completar el mismo, mientras que para el nivel doctoral tendrá un mínimo de cuatro sesiones académicas y un máximo de ocho años naturales para completar los requisitos de su programa, a partir de la fecha en que comienza a tomar su primer curso del nivel doctoral.

    El estudiante de los niveles post-bachillerato y graduado acumula tiempo de estudios por los créditos transferidos. Este se acumula a razón de un año de estudios por cada dieciséis créditos transferidos. Si el estudiante no completa su programa de estudio dentro del tiempo máximo establecido, podrá ser evaluado para determinar si puede continuar con sus estudios. De concedérsele una extensión de tiempo para terminar sus estudios, el estudiante deberá presentar una Solicitud de Apelación para determinar si puede ser elegible para recibir ayudas económicas.

    Período probatorio y requisitos para mantener la elegibilidad para ayudas económicas federales y estatales

    Todo estudiante que no cumpla con lo requerido en el componente cualitativo o cuantitativo no estará alcanzando progreso académico satisfactorio, por lo que será sometido a un período de primera probatoria académica de dos semestres, tres trimestres o cuatro bimestres durante el cual podrá matricularse. El estudiante en probatoria o suspensión académica no es elegible para recibir ayudas económicas federales y estatales. No obstante, puede iniciar un proceso de apelación para restablecer su elegibilidad.

    Proceso de apelación para restablecer ayudas económicas

    El estudiante que interese apelar la pérdida de su elegibilidad para recibir ayudas económicas, tendrá que someter una Solicitud de Apelación al decano de asuntos académicos o a la persona que este designe, después de haber recibido la notificación de la pérdida de su elegibilidad. El estudiante tiene que fundamentar su apelación en una causa meritoria y deberá indicar cómo han cambiado sus circunstancias al momento de presentar la apelación, de modo que le permitan alcanzar progreso académico satisfactorio. Entre las causas justificadas para solicitar una apelación se encuentran, sin limitarse a las siguientes:

    1. el padecimiento de una enfermedad grave y severa,

    2. la muerte de un miembro de su núcleo familiar,

    3. la muerte de su cónyuge o

    4. despliegue militar.

    La petición del estudiante será referida al Comité de Apelaciones, equipo de trabajo designado por el ejecutivo principal, compuesto por el decano de asuntos académicos o su representante, el director o coordinador del programa graduado, un consejero profesional y el director de asistencia económica o su representante. Este último participará del comité, en caso de que se evalúe la elegibilidad para recibir ayudas económicas. El comité atenderá todas las solicitudes de apelación de los estudiantes del nivel graduado. Al evaluar la petición, el comité determinará si el estudiante podrá obtener el progreso académico requerido al finalizar el próximo término académico o al culminar el período de la probatoria académica.

    Si el comité concluye que el estudiante podrá alcanzar progreso académico, declarará ha lugar su apelación, y se le otorgará una probatoria de asistencia económica durante el próximo término académico en que se matricule.

    Evaluación de los estudiantes en probatoria académica

    El estudiante en primera probatoria académica se evaluará todos los términos en que se matricule y al finalizar el período probatorio. Si al finalizar uno de los términos bajo primera probatoria académica, el estudiante logra alcanzar progreso académico satisfactorio, se considerará en cumplimiento con esta norma, por lo que se le restablecerá la elegibilidad para recibir ayudas económicas federales y estatales. En caso de que el estudiante no alcance progreso académico satisfactorio, se evaluará su desempeño académico en el término y si este logra obtener un índice académico de 3.00 y un ritmo de aprobación de 66.67 % en dicho término, mantendrá su clasificación de primera probatoria académica. No obstante, deberá presentar una Solicitud de Apelación para determinar si puede ser elegible para recibir ayudas económicas.

    Si al concluir todos los términos de la primera probatoria académica, el estudiante no logra alcanzar progreso académico satisfactorio, se suspenderá académicamente por primera vez. La primera suspensión académica tendrá una duración de seis meses. El estudiante podrá apelar esta determinación y de ser considerada favorablemente se le otorgará una segunda probatoria académica por dos semestres, tres trimestres o cuatro bimestres. El estudiante que no apele la suspensión académica podrá reanudar sus estudios en la Universidad cuando finalice el período de suspensión de seis meses y se le otorgará una segunda probatoria académica por dos semestres, tres trimestres o cuatro bimestres.

    Al estudiante en segunda probatoria académica se le evaluará todos los términos en que se matricule y al finalizar el período probatorio. Si al finalizar uno de los términos bajo el período de probatoria académica, el estudiante logra alcanzar progreso académico satisfactorio, se considerará en cumplimiento con esta norma, por lo que se le restablecerá la elegibilidad para recibir ayudas económicas federales y estatales. En caso de que el estudiante no alcance progreso académico satisfactorio, se evaluará su desempeño académico en el término y si este logra obtener un índice académico de 3.00 y un ritmo de aprobación de 66.67 % en dicho término, mantendrá su clasificación de segunda probatoria académica. No obstante, deberá presentar una Solicitud de Apelación para determinar si puede ser elegible para recibir ayudas económicas.

    Si al concluir todos los términos de la segunda probatoria académica, el estudiante no logra alcanzar progreso académico satisfactorio, se suspenderá académicamente por segunda ocasión. La segunda suspensión académica tendrá una duración de un año y el estudiante no podrá apelar esta determinación.

    Otras disposiciones de la norma de progreso académico satisfactorio

    1. La Universidad evaluará a todos los estudiantes del nivel graduado al finalizar el año académico. La evaluación incluirá todos los términos que el estudiante haya cursado.
    2. Para los estudiantes clasificados en probatoria académica, el progreso se medirá al finalizar cada término académico hasta que culmine el período probatorio.
    3. La Universidad notificará al estudiante, mediante carta o mensaje de correo electrónico, su estatus académico y su elegibilidad para recibir ayudas económicas federales y estatales.
    4. Se considerarán como créditos intentados los créditos de los cursos en los cuales se obtengan calificaciones y anotaciones de A, B, C, F, P, NP, AD, W, UW o T.
    5. Se considerarán como créditos aprobados los créditos de cursos en los cuales se obtengan calificaciones de A B, C, P, o T.
    6. La carga académica del estudiante que esté en probatoria académica estará limitada a nueve créditos por semestre, seis por trimestre o tres por bimestre. El decano de asuntos académicos evaluará las excepciones a esta disposición tomando en consideración los méritos de cada caso.
    7. La evaluación para determinar el progreso académico del estudiante no considerará los cursos en que el estudiante haya recibido la anotación de incompleto (I), disertación en progreso (DP), tesis en progreso (TP) y proyecto en progreso (PP), hasta tanto dicha anotación se haya removido.
    8. Luego de graduarse, la transcripción de créditos no reflejará los períodos probatorios y de suspensión del estudiante.
    9. Un estudiante suspendido por segunda ocasión de su programa de estudios, podrá solicitar readmisión a la institución a otro programa académico distinto al que cursaba. El decano de asuntos académicos evaluará las excepciones a esta disposición tomando en consideración los méritos de cada caso.
    10. Un estudiante no podrá obtener una probatoria de asistencia económica por las mismas circunstancias en más de una ocasión.
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