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Programa de Honor
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Becas

La admisión al Programa de Honor conlleva el otorgamiento de una Beca de Honor de acuerdo con los siguientes criterios:

1.    Estudiantes de primer año:

Nivel I Beca Básica: para los estudiantes elegibles que tienen un índice de admisión de 1,250 a 1,339.

Nivel II  Beca Superior: para los candidatos elegibles que tienen índice de admisión de 1,340 a 1384.

Nivel III Beca Extraordinaria: para los estudiantes elegibles que tienen índice de admisión de 1,385 a 1,600.

 

2.    Estudiantes de segundo y tercer año:

Nivel I Beca Básica: para los estudiantes elegibles que tienen un índice general de 3.50 a 3.79.

Nivel II Beca Superior: para los estudiantes elegibles que tienen un índice general de 3.80 a 3.90.

Nivel III Beca Extraordinaria: para los estudiantes elegibles que tienen un índice general de 3.90 a 4.00.

 

La Cuantía de la Beca de Honor en cada categoría es la siguiente:

Nivel I Beca Básica: pago de la matricula en un curso adscrito al Programa de Honor, en los términos señalados.

Nivel II Beca Superior: pago de la matricula en un curso de honor y pago de la mitad de la matrícula en el resto de los cursos, por término, excepto las cuotas de matrícula establecidas en el Catálogo General.

Nivel III Beca Extraordinaria: pago de la totalidad de la matrícula, excepto las cuotas establecidas. Debe tomar, por lo menos, un curso de honor. Esta beca cubrirá la carga académica regular para cada término académico, establecida en el Catálogo General.

 

Para retener la elegibilidad a la beca, el estudiante deberá mantener el índice académico mínimo establecido para la categoría de la beca que disfruta. La evaluación de elegibilidad de cada estudiante para continuar o cambiar la categoría de la beca se hará en la terminación de cada parte del año académico por el Director del Programa. Este informará al registrador, antes del inicio de las clases, los cambios en la clasificación del estudiante. El año académico se divide en dos partes: la primera, incluye los términos que finalicen dentro del período de agosto a diciembre; la segunda, incluye los términos que finalicen dentro del período de enero a mayo.

 

El estudiante deberá completar su programa de estudio dentro de un período de tiempo que no excederá del 150% de la duración normal establecida para el programa que cursa.